Se acuerda exención del pago del 90% de los precios públicos por servicios académicos en la primera matrícula de estudios de Formación Continua, salvo modificación legal o reglamentaria que así lo exija, a todos aquellos estudiantes:
a) a quienes se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.
El número máximo de cursos por convocatoria al que podrá aplicar un mismo estudiante la exención del 90% de los precios públicos es el siguiente:
- o bien un curso del Programa de Especialización (Master, Especialista Universitario y Experto Universitario),